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domingo, 7 de diciembre de 2014

Y en el caballo de Troya se esconde... la Policía.


Pues sí, querido lector, es correcto. O mejor dicho, si todo sigue igual: será correcto. En la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que incluye una extensa lista de medidas enfocada al control de delitos en Internet; se habilita a la Policía para convertirse en un "agente encubierto". Este "agente encubierto" de Internet es un nuevo sujeto que permitirá a la policía "intercambiar o enviar archivos ilícitos" en el marco de cualquier investigación relacionada. Este texto todavía tiene que sufrir varias correcciones, pero profundicemos un poco más en esta cuestión.

Imágen de El Mundo

Como podéis ver, en el apartado ter e. 2 del artículo 588 se establece que "el agente encubierto electrónico podrá intercambiar o enviar por sí mismo archivos ilícitos, siendo posible en tal caso el análisis de los algoritmos asociados a dichos archivos". 

Este precepto, rodeado de polémica desde que fue conocido, posibilita al agente encubierto a poder actuar “por sí mismo”, dejando en "el aire" si el agente encubierto informático requiere de una autorización judicial expresa para realizar estas actividades. 

Como crítica personal, me parece increíble que el legislador no profundice en esta cuestión ya que existe un riesgo claro de que el agente encubierto pueda incurrir en una incitación al delito, que es inconstitucional, no como este "puente". Bromas a parte, quiero citaros un pequeño fragmento del artículo de esta noticia de El Mundo en el que se alude a la posibilidad que os he mencionado:

"Imaginemos el supuesto de un policía de las brigadas de investigación tecnológica que se dedique a compartir en redes P2P archivos de pornografía infantil, o bien obras protegidas por derechos de autor, con el objetivo de detener a quien comparta dichos archivos: si el archivo original es introducido por la policía, estamos ante un delito provocado, lo que quiebra el Estado de Derecho", expone Carlos Sánchez Almeida.

Por otro lado, la nueva redacción aprobada de la LECrim incluye el uso de los llamados "troyanos buenos", que forman parte de una medida heredada del anterior Ministro, el cuál no nombraremos aquí. Gracias al uso de estas herramientas, se facultaría a la Policía, bajo mandato judicial, a que instalase software que permita el examen del contenido de un dispositivo sin el consentimiento del titular.


Como ya se ha dicho, a este texto todavía le toca sufrir varias correcciones y enmiendas a lo largo de su tramitación. No obstante, es preciso que medidas así se maticen con mayor claridad. Las leyes están para luchar contra los delitos, no para utilizar a éstos en nuestro favor.

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